Abogada de Asilo Político en Phoenix, Arizona
El asilo es una protección para personas que están en Estados Unidos y que sufrieron persecución, o tienen un temor fundado de sufrirla, si regresan a su país. La abogada Claudia P. López ayuda a evaluar si una persona podría calificar y a preparar su solicitud, con atención en español.
¿Quién puede calificar para asilo?
En términos generales, la persona debe demostrar que fue perseguida o que teme ser perseguida por al menos uno de estos cinco motivos:
Raza
Religión
Nacionalidad
Opinión política
Pertenencia a un grupo social determinado
Además, la persecución normalmente debe venir del gobierno o de grupos que el gobierno no puede o no quiere controlar. Existen impedimentos (por ejemplo, ciertos antecedentes penales o haber participado en la persecución de otros) que pueden hacer que una persona no sea elegible.
El plazo de un año
Por regla general, la solicitud de asilo (Formulario I-589) debe presentarse dentro de un año después de la última llegada a Estados Unidos. Hay excepciones limitadas por cambios de circunstancias o circunstancias extraordinarias. Si no califica para asilo por el plazo, podría evaluarse la suspensión de remoción o la protección bajo la Convención contra la Tortura.
Asilo afirmativo y asilo defensivo
Asilo afirmativo: la persona que no está en proceso de deportación presenta su solicitud ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) y asiste a una entrevista con un oficial de asilo.
Asilo defensivo: la persona que está en proceso de deportación pide asilo ante un juez de inmigración, como defensa contra la remoción. Vea también nuestra página de defensa contra la deportación.
Cambios recientes que debe conocer
Las reglas de asilo han cambiado con frecuencia en 2025 y 2026. Entre otros cambios, la ley ahora exige cuotas de solicitud y una cuota anual mientras el caso sigue pendiente; USCIS pausó temporalmente decisiones de asilo afirmativo a finales de 2025 y las reanudó en 2026 para muchos solicitantes, aunque se mantienen restricciones para nacionales de ciertos países; y el gobierno ha propuesto cambios a las reglas del permiso de trabajo para solicitantes de asilo. Le explicaremos las reglas vigentes al momento de su consulta.
Cómo es el proceso
Consulta inicial para conocer su historia y revisar plazos.
Preparación de la declaración y reunión de pruebas: documentos, testigos e informes sobre las condiciones del país.
Presentación del Formulario I-589 y pago de las cuotas que exija la ley.
Entrevista o audiencia ante USCIS o la Corte de Inmigración.
Decisión y, si corresponde, apelación o pasos siguientes.
Preguntas frecuentes
¿Puedo trabajar mientras mi solicitud de asilo está pendiente?
Las personas con una solicitud de asilo pendiente pueden pedir un permiso de trabajo después de cierto tiempo, si cumplen las reglas vigentes. Estas reglas están en proceso de cambio; le explicaremos lo que aplica a su caso.
¿Hay cuotas para solicitar asilo?
Sí. Las leyes recientes establecieron cuotas para las solicitudes de asilo, incluida una cuota anual mientras la solicitud sigue pendiente. No pagarlas puede tener consecuencias.
¿Puedo incluir a mi familia?
En general, el cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años que estén en Estados Unidos pueden incluirse en la solicitud como beneficiarios derivados.
¿Se puede obtener la residencia después del asilo?
Las personas a quienes se les otorga asilo generalmente pueden solicitar la residencia permanente después de un año.
Atención en Phoenix y todo Arizona
Nuestra oficina está en 2323 N 3rd St #203, Phoenix, AZ 85004. Ofrecemos consultas telefónicas en español e inglés. Si usted es víctima de un delito o de violencia doméstica, también puede informarse sobre la Visa U y VAWA.
Fuentes oficiales
Esta información es general y no constituye asesoría legal. Las leyes y políticas migratorias cambian con frecuencia; cada caso depende de sus hechos particulares.